Tras cinco años de ensayos, la DGT ha autorizado para el transporte público de mercancías un nuevo tipo de conjunto euromodular más grande que el recogido, de momento, en el Reglamento General de Vehículos. El dúo-tráiler puede cargar más que ningún otro camión, pero su gran tamaño supone una limitación para su circulación.
Mide hasta 32 metros y pesa 70 toneladas
España es el país del transporte por carretera. Hasta un 93% de las mercancías llegan a nosotros por esta vía, según el último informe anual del Observatorio del Transporte y la Logística en España perteneciente al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

La última de las modificaciones introducidas en este tipo de vehículos se realizó en 2015, cuando entró en vigor la modificación del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos (RGV) que permitía al órgano competente en materia de tráfico autorizar la circulación de conjuntos de vehículos en configuración euromodular (EMS) de hasta 25,25 m de longitud y 60 toneladas de peso.
Pero este año, a través de una instrucción (la MOV 2023/28), la Dirección General de Tráfico ha añadido un miembro más a la familia de los EMS: el dúo-tráiler.
Ensayo de seguridad vial
Un dúo-tráiler es un vehículo de más de seis líneas de eje con dos semirremolques unidos por un dolly (un tipo de semirremolque que permite la unión de dos remolques y posee chasis, uno o dos ejes de suspensión neumática y sistema de frenos). Su ventaja respecto al resto de gigantes de la carretera es que pueden transportar la misma carga que dos vehículos tipo tráiler.
El dúo-tráiler no es una novedad: apareció en 2018, cuando la DGT comenzó a emitir autorizaciones de ensayos de investigación para permitir su circulación. El objetivo era recabar información sobre la seguridad de estos vehículos.
Tras cinco años de pruebas ya existía suficiente conocimiento como para incorporarlos al Anexo IX del RGV.
Autorización especial
Estos vehículos necesitan una autorización especial para circular por un itinerario concreto, un trámite que debe solicitarse a la DGT. “Estas autorizaciones sólo sirven dentro del territorio de gestión de tráfico de la DGT, que es toda España exceptuando País Vasco, Cataluña y Navarra”, explica Mª Anuncia Ocampo.
Si se desea circular por vías de estas comunidades, hay que obtener un informe favorable de las mismas. ¿Y qué sucede con carreteras más pequeñas? Las autorizaciones que actualmente se conceden amparan, sin necesidad de incluirlo en la solicitud y con el fin de facilitar su tramitación, la circulación por 25 km de carretera convencional entre salida/entrada a una autopista/autovía y el lugar de carga y descarga.
Limitación de itinerarios y pocos parkings adaptados
La limitación de itinerarios no es la única desventaja de estos vehículos. Un dúo-tráiler tiene limitaciones por su mayor longitud y radio de giro. El acceso a ciertas zonas de repostaje y parkings no está adaptado a sus dimensiones y algunas de las zonas de carga o descarga tampoco.
Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT)

