La reciente modificación de la regulación de las bases de cotización a la Seguridad Social (Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre) que establece la obligación de los empresarios de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada período de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados (CRA) a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas, está ocasionando muchas dudas en cuanto a su aplicación práctica en la confección de los recibos de salarios de los trabajadores, esencialmente de los conductores con relación a las dietas.
Para ello es esencial que la información que la empresa debe facilitar a la asesoría que le confecciona las nóminas se ajuste exactamente a las exigencias legales, con el fin de no incurrir en posibles infracciones, que pueden acarrear serias consecuencias.
Con el fin de aclarar las dudas suscitadas, hemos organizado una nueva jornada eminentemente práctica con la participación de nuestra asesoría laboral, dirigida especialmente a transportistas, responsables de recursos humanos y asesores laborales de las empresas de transporte.
Ubicación
Froet
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