1. ¿Qué es el visado o renovación de las autorizaciones de transporte?
El visado de las autorizaciones de transporte es el trámite por el cual la Administración renueva por dos años la “tarjeta” o autorización de transporte y sus copias, previa comprobación de la documentación que acredita que la empresa solicitante cumple los requisitos legalmente establecidos.
Las tarjetas físicas han desaparecido, por lo que ya no es necesario llevar una copia en el camión.
Las condiciones de renovación están contempladas en el R.D 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº. 44, de 20 de febrero de 2019), que simplifica y reduce la justificación de los requisitos, ya que algunos de ellos es la propia administración la que comprueba, de oficio, su cumplimiento.
Formulario de solicitud de renovación de tarjetas de transporte
Llámenos al 968340100 o cumplimente el siguiente formulario para solicitarnos la gestión del visado o renovación de sus tarjetas
2. Tipos de autorizaciones:
1- Transporte PÚBLICO con gestor del transporte:
MDP – Mercancías discrecional vehículo pesado.
VD – Viajeros discrecional autobús.
OT – Operador transportes.
MDL – Mercancías discrecional vehículos ligero de más de 3.500 kg. MMA
2- Transporte PÚBLICO sin gestor del transporte:
MDL – Mercancías discrecional vehículo ligero, hasta 3.500 kg. MMA
VT – Viajeros taxi
VS Viajeros ambulancia público
VTC – Vehículo turismo con conductor
3- Transporte PRIVADO:
MPC – Mercancías propias complementarias
VPC – Viajeros privado autobús
VSPC – Ambulancia privado
3. ¿Cuándo hay que renovar o visar la tarjeta de transportes?
Años impares camiones, años pares autobuses.
- En los años impares, corresponden visar las autorizaciones de transporte público de mercancías en vehículos de más de 2 toneladas de MMA y las de agencia (OT).
- En los años pares se visan las autorizaciones para realizar transporte público y privado complementario de viajeros en autobús, transporte público y privado complementario sanitario, transporte de viajeros en la modalidad de arrendamiento de vehículos con conductor y para realizar transporte privado complementario de mercancías.
Por lo tanto, en 2023 se visarán las autorizaciones para realizar transporte público de mercancías en vehículos de más de 2 toneladas de MMA y las de agencia (OT).
4. ¿En qué mes corresponde visar o renovar la tarjeta de transportes?
Durante el año de visado, los titulares de las autorizaciones deben solicitar la renovación en el mes que les corresponda en función del número en que termine su NIF.
Mes de Visado | Último número NIF |
Enero | 1 |
Febrero | 2 |
Marzo | 3 |
Abril | 4 |
Mayo | 5 |
Junio | 6 |
Julio | 7 |
Agosto | No hay visados |
Septiembre | 8 |
Octubre | 9 |
Noviembre | 0 |
Diciembre | No hay visados |
5. Requisitos y documentación necesaria para la renovación o visado de las tarjetas de TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS
La documentación necesaria para realizar la solicitud de renovación de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera de servicio público, es la siguiente:
PERSONAS FÍSICAS
1. Justificación Competencia Profesional (Gestor de transporte)
Solo si quien aporta el Título de Competencia, no es el titular de la autorización:
a) Sin parentesco
> Alta en Seguridad Social – Grupo 1, 2 o 3 (40 h. semanales). Verificado de oficio por la D. Gral. de Ttes.
b) Familiar de primer grado
En el caso de que el Gestor sea familiar de primer grado del titular de las tarjetas de transporte:
> Alta de Autónomo Colaborador. Copia Resolución alta Autónomo.
> Copia Libro de Familia.
> Volante o certificado de empadronamiento.
2. Justificación de la Capacidad Económica.
> Certificado o aval bancario sellado por la entidad con las siguientes cuantías:
a) Transporte de Mercancías: 9000 € primer vehículo más 5.000 € segundo y siguientes.
Nota: solo en el caso de Personas Físicas, no tendrán obligación de justificar la capacidad económica si ninguno de los vehículos adscritos a la autorización de transporte supera la antigüedad máxima de 12 años contados desde la primera fecha de matriculación. Además, en la fecha de solicitud, los vehículos deben estar en propiedad o alquiler por un periodo superior a 24 meses.
b) Operador de Transporte: El capital mínimo exigido es de 60.000 €.
3. Matrículas a renovar.
> Listado de matrículas a renovar.
PERSONAS JURÍDICAS
1. Justificación Competencia Profesional (Gestor de transporte)
>> Este requisito es verificado de oficio por la Dirección General de Transportes.
a) Si el capacitado está contratado por cuenta ajena sin participaciones en la sociedad.
Debe estar dado de alta por cuenta ajena a tiempo completo (40 h. semanales) y en el grupo de cotización 1, 2 o 3.
b) Si el capacitado tiene menos del 15% de participaciones en la sociedad
Debe estar dado de alta por cuenta ajena a tiempo completo (40 h. semanales) y en el grupo de cotización 1, 2 o 3.
c) Si el capacitado tiene menos del 25% de participaciones en la sociedad
Debe estar dado de alta por cuenta ajena a tiempo completo (40 h. semanales) y en el grupo de cotización 1.
d) Si el capacitado tiene más del 24,99% participaciones en la sociedad.
Debe estar dado de alta como “Autónomo Societario”, es decir, vinculado al CIF de la sociedad en la Seguridad Social. Debe aportar una Copia de la Resolución alta Autónomo.
2. Justificación de la Capacidad Económica.
> Modelo 200 impuesto de sociedades (copia), con las siguientes cuantías.
a) Transporte de Mercancías
El importe se calcula a razón de 9.000 € por el primer vehículo y 5.000 € a partir del segundo y siguientes. El importe total requerido se justifica a través de la suma de los conceptos del “modelo 200 capital + reservas”.
b) Operadores de Transporte
El capital mínimo exigido en este caso es de 60.000 €. El importe total requerido se justifica a través de la suma de los conceptos del “modelo 200 capital + reservas”.
3. Matrículas a renovar.
> Listado de matrículas a renovar.
IMPORTANTE:
> Todas las empresas deben estar al corriente en el pago de las sanciones que tengan en firme. (Ley 29/2003 de 8 de octubre).
> El visado debe ser solicitado dentro del mes que corresponda según terminación del DNI o CIF. En caso de no solicitar el visado en dicho mes, se tendrá que dejar CADUCAR las tarjetas (un mes posterior al que corresponda renovar) para posteriormente solicitar una REHABILITACIÓN de dichas tarjetas.
> Es recomendable aportar certificados (Seguridad Social y Hacienda) de estar al corriente en las obligaciones fiscales y de seguridad social.
Formulario de solicitud de renovación de tarjetas de transporte
Llámenos al 968340100 o cumplimente el siguiente formulario para solicitarnos la gestión del visado o renovación de sus tarjetas