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El Convenio Interbus sobre el transporte regular de viajeros en autocar y autobús entrará en vigor el 1 de octubre de 2024

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado una importante actualización sobre el Convenio Interbus. El nuevo Protocolo sobre el transporte internacional regular y regular especial de viajeros en autocar y autobús entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2024. Este acuerdo supone una ampliación del Convenio Interbus, que hasta ahora se limitaba al transporte discrecional internacional de viajeros y a los desplazamientos en vacío de autocares y autobuses relacionados con esos servicios.

El Convenio Interbus regula el transporte internacional de pasajeros en territorios como la Unión Europea, Reino Unido, Turquía, Albania, Andorra, Bosnia-Herzegovina, Moldavia, Montenegro, Serbia, Macedonia del Norte y Ucrania. Con este nuevo Protocolo, se extiende la cobertura del convenio a los servicios regulares y regulares especiales, bajo condiciones específicas.

El Protocolo establece, por ejemplo, que no se permitirá el cabotaje, es decir, que un operador de transporte establecido en una Parte contratante del convenio no podrá prestar servicios regulares o especiales regulares cuyo origen y destino se encuentren dentro de otra Parte contratante. Asimismo, se excluye la posibilidad de utilizar autobuses y autocares destinados al transporte de viajeros para el transporte de mercancías con fines comerciales, así como los servicios realizados por cuenta propia.

Hasta la fecha, la Unión Europea, Moldavia y Bosnia-Herzegovina han aprobado o ratificado este Protocolo, y se espera que más países se unan en los próximos meses.

Este cambio es una medida clave para regular de forma más eficiente el transporte internacional de viajeros en autocar y autobús, facilitando la coordinación entre los países y garantizando una mayor seguridad y regulación en el sector.