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La Comisión Europea acuerda una prórroga de dos meses para el nuevo tacógrafo

Las sanciones por no llevar tacógrafo inteligente de segunda generación se aplicarán a partir del 1 de marzo de 2025.

El Comité de Transporte por Carretera, de la Comisión Europea, acordó otorgar un periodo educativo de dos meses para facilitar la adaptación a la nueva normativa sobre tacógrafos inteligentes. A partir del 1 de enero de 2025, todos los vehículos que operen en Estados miembros diferentes al de su matriculación y que cuenten con tacógrafos analógicos o digitales no inteligentes deberán actualizarse a la versión 2 del tacógrafo inteligente, según el Reglamento (UE) nº 165/2014.

No se sancionará hasta el 1 de marzo de 2025

Durante este periodo, que se extiende hasta el 28 de febrero de 2025, los controles en carretera estarán enfocados en concienciar a los transportistas sobre esta obligación, en lugar de imponer sanciones.

La normativa establece que desde el 31 de diciembre de 2024 aquellos vehículos en transporte internacional que lleven instalado un tacógrafo analógico o digital no inteligente anterior al 15 de junio de 2019, tendrán la obligatoriedad de instalar un tacógrafo inteligente de segunda generación antes del 31 de diciembre de 2024.

De esta forma se establece una exención de dos meses para la imposición de multas.

Recordamos que aquellos vehículos que tengan un tacógrafo inteligente de primera generación podrán hacer transporte internacional con normalidad hasta el 20 de agosto de 2025, ya que a partir del 21 de agosto deberán tener instalado el de segunda generación en sus vehículos que realicen transporte internacional.