El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto 87/2025, que establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 en 1.184 euros mensuales o 39,47 euros diarios. Esta cuantía, que entrará en vigor desde el 1 de enero de 2025, se aplicará a todos los sectores.
El decreto incluye disposiciones sobre complementos salariales, que se sumarán al SMI según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo. Además, se especifica que el incremento no afectará a los salarios profesionales que ya superen el SMI en cómputo anual, siempre que no bajen de 16.576 euros al año.
Los trabajadores eventuales, temporeros y empleados de hogar también se beneficiarán de esta actualización. Percibirán, junto al SMI, la parte proporcional de pagas extras y retribuciones por domingos y festivos, garantizando un mínimo de 56,08 euros por jornada legal.
El Real Decreto no afecta a las normas autonómicas o locales que utilicen el SMI como referencia para prestaciones o servicios públicos, salvo que se indique lo contrario. Tampoco modifica contratos privados vigentes, a menos que las partes acuerden su aplicación.

