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Barcelona implantará desde el 1 de enero de 2020 la Zona de Bajas Emisiones permanente

Furgonetas, camiones y autobuses contarán con una moratoria hasta enero 2021.

El 1 de enero de 2020 entrará en vigor la zona de bajas emisiones (ZBE) permanente, que limitará la circulación de los vehículos más contaminantes.

Esta medida limitará la circulación de los vehículos más contaminantes, permitirá reducir un 15% las emisiones de NO2 y mejorará la calidad del aire.

 

Zona protegida

Es un área protegida de más de 95 kilómetros cuadrados en la que se prohíbe la circulación de los vehículos más contaminantes los días laborables, de 7.00 a 20.00 horas.

Incluye toda la ciudad de Barcelona y una parte o la totalidad de los municipios de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs. Quedan fuera de la ZBE las rondas, el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo i les Planes y la Zona Franca.

 

Vehículos afectados

Los vehículos afectados por esta restricción serán los vehículos ligeros como motos y ciclomotores (L), turismos (M1), furgonetas (N1), camiones (N2, N3) y autobuses (M2, M3) sin etiqueta ambiental:

– Turismos (M1) de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (matriculados antes del 2000) y los diésel anteriores a la norma Euro 4 (matriculados antes del 2005 o 2006).

– Motocicletas y ciclomotores (categoría L) anteriores a la norma Euro 2 (matriculados antes del 2003).

Progresivamente, a partir del 2021, también quedarán afectadas las furgonetas (N1), los camiones (N2, N3) y los autobuses (M2, M3) sin etiqueta ambiental:

– Furgonetas (categoría N1) de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (matriculadas antes del 2000) y las diésel anteriores a la norma Euro 4 (matriculadas antes del 2005 o 2006).

– Camiones y autobuses anteriores a la norma Euro 4 (matriculados antes del 2006 o 2007).

 

¿Qué distintivo necesito?

En la página de la DGT puede comprobar qué distintivo necesita su vehículo.

 

¿Qué moratorias y exenciones habrá?

Moratoria de un año (hasta enero 2021): furgonetas, camiones, autocares y autobuses de transportistas profesionales.

Exenciones, hasta la renovación del vehículo pero deben registrarse para poder circular:

Vehículos de personas con movilidad reducida.
Vehículos de servicios de emergencias.
Vehículos de servicios esenciales (médicos o funerarios).

Autorizaciones especiales: a través de un registro, se pueden solicitar autorizaciones de 24 horas hasta un máximo de 10 días al año. Los vehículos de servicios especiales podrán solicitar autorizaciones temporales.

¿Cómo se controlará que no circulen los vehículos más contaminantes?
La Guardia Urbana comprobará las matrículas de los vehículos con cámaras de videovigilancia instaladas en las entradas y salidas de la ciudad y en el interior del núcleo urbano.

¿Es obligatorio llevar pegada la etiqueta ambiental?
No es obligatorio que los vehículos lleven el distintivo pegado, pero facilita la tarea de control de la Guardia Urbana.

¿Cómo se puede solicitar la etiqueta ambiental?
Comprueba en el web dgt.es la etiqueta ambiental de tu vehículo. Puedes solicitarla en las oficinas de Correos o en una gestoría colegiada.

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