La Dirección General de Tráfico lleva a cabo, desde el día 26 hasta el 31 de octubre una campaña especial de vigilancia y control de las furgonetas.
Los agentes de la Agrupación de Tráfico, se centrarán especialmente en la velocidad, la documentación, tanto del vehículo como del conductor, la carga transportada y su adecuada estiva, las condiciones técnicas del vehículo, prestando una especial atención al correcto estado de los neumáticos, si los conductores conducen con presencia de alcohol y drogas o si se ha pasado la correspondiente Inspección Técnica de Vehículos, cuestiones todas ellas muy directamente relacionadas con la seguridad vial.
El transporte en furgoneta solo ha causado durante el año 2020 una víctima mortal en vías interurbanas y ningún fallecido en vías urbanas, lo que lo convierte en un medio de transporte muy seguro.
El parque total activo de vehículos en la Región de Murcia a fecha Agosto de 2020, asciende a 1.120.306 vehículos, de los cuales furgonetas y camiones suponen un 14% del total (156.036). Este dato es coincidente con el porcentaje de furgonetas y camiones a nivel nacional (14 %).
Normativa sobre alcohol y drogas
> Alcohol: la tasa máxima de alcohol permitida a los conductores profesionales de vehículos destinados al transporte de mercancías es de 0,3 gramos por litro de sangre, o de 0,15 miligramos por litro de aire espirado, tasas equivalentes en las que solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.
Además, el sistema de Permiso por Puntos fija la pérdida de 6 puntos para aquellos conductores profesionales que conducen con tasas superiores a 0,30mg/l y la pérdida de 4 puntos para tasas superiores a 0,15 y hasta 0,30 mg/l en aire.
> Drogas: La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.