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Conoce los cambios para sacarte el carnet de moto en 2025: airbag obligatorio y mas horas de prácticas en carretera

El Ministerio del Interior ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden INT/210/2025, que regula la formación necesaria para obtener el permiso de conducción de la clase A, dirigido a motocicletas de alta cilindrada.

Esta nueva normativa, que entrará en vigor el 1 de julio de 2025, actualiza los requisitos de formación establecidos en 2011 e introduce cambios significativos con el objetivo de reducir la siniestralidad entre los motoristas, uno de los colectivos más vulnerables en las carreteras.

Mayor enfoque en la conducción preventiva y el uso de airbag

La nueva orden ministerial responde a la necesidad de adaptar la formación a los avances tecnológicos y a las nuevas formas de movilidad, como las motocicletas eléctricas. Además, se hace especial hincapié en la concienciación sobre las principales causas de los accidentes de tráfico y sus consecuencias.

Entre las novedades más destacadas se encuentra la obligatoriedad del uso del airbag durante las prácticas, un elemento de protección que reduce las lesiones en el tórax, una de las zonas más afectadas en los accidentes mortales.

Más horas de práctica en carretera

La formación para obtener el permiso de clase A se compone de un curso de al menos 9 horas, distribuidas en dos días. La principal novedad es el aumento de las horas de práctica en vías abiertas al tráfico general, que pasan a ser 4 horas, frente a las 2 horas dedicadas a maniobras en circuito cerrado.

Este cambio busca que los aspirantes adquieran una mayor experiencia en situaciones reales de conducción,.

Requisitos técnicos para las motocicletas y equipamiento de protección

Las prácticas se realizarán con motocicletas sin sidecar de al menos 175 kg de masa en vacío. En el caso de motocicletas de combustión, deberán tener una cilindrada mínima de 595 cm³ y una potencia no inferior a 50 kW. Para las motocicletas eléctricas, se exige una relación potencia/peso de al menos 0,25 kW/kg.

Además, tanto los alumnos como los instructores deberán llevar un equipo de protección completo, que incluye casco integral o modular homologado, guantes con marcado CE, chaqueta y pantalones con protecciones en espalda, hombros, codos y rodillas, botas de cuero o material sintético, y una prenda homologada con airbag. Durante las prácticas en vías abiertas, los alumnos deberán llevar un chaleco reflectante con la inscripción «Prácticas» o la letra «P».

Control y seguimiento de los cursos

Los centros de formación deberán comunicar a la Jefatura Provincial de Tráfico el inicio de los cursos con al menos 10 días de antelación, detallando las fechas, horarios, itinerarios y los datos de los alumnos y formadores. Además, se establecen mecanismos de control para garantizar que los cursos se imparten conforme a la normativa, incluyendo inspecciones y auditorías por parte de funcionarios públicos o entidades acreditadas.

Entrada en vigor

La Orden INT/210/2025 entrará en vigor el 1 de julio de 2025, derogando la anterior normativa de 2011. A partir de esa fecha, todos los aspirantes al permiso de conducción de la clase A deberán ajustarse a los nuevos requisitos de formación y seguridad.