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Declaraciones medioambientales obligatorias durante el primer trimestre de 2014

A continuación informamos sobre las distintas declaraciones medioambientales obligatorias para aquellas empresas que desarrollan actividades de producción de residuos peligrosos, de envases de productos peligrosos o de vertidos de aguas residuales al alcantarillado.

1- Declaración Anual de Productores de Residuos Peligrosos antes del 1 de Marzo de 2014
Los productores de residuos peligrosos están obligados a remitir al órgano competente de la Comunidad Autónoma una DECLARACIÓN ANUAL DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS antes del 1 de marzo de cada año, en cumplimiento de los Artículos 18 y 19 del R.D.833/88, modificado por el R.D. 952/97 y Orden MAM/304/2002.

Residuos peligrosos son aquellos que se generan en las actividades de mantenimiento de vehículos (aceites de motor, baterías usadas, filtros, etc.), o lavado de vehículos (lodos de lavado y de separadores de agua e hidrocarburos).
Recordamos que aquellas actividades en las que se generen más de 10 toneladas anuales de residuos peligrosos están obligadas a tramitar la Comunicación previa al inicio de actividad de Producción de Residuos Peligrosos de más de 10 Tm/año.

2- Declaración Anual de Envases y Residuos de Envases antes del 31 de Marzo de 2014.
Las actividades en las que se generen residuos de envases también están obligadas a remitir al órgano competente de la Comunidad Autónoma una DECLARACIÓN ANUAL DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES, antes del 31 de marzo. (Art. 15 de la Ley 11/97, de 24 de abril, de envases y residuos de envases y el Art. 15 del Real Decreto 782/98, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases).
Es de gran importancia advertir que los envases que se generen en la actividad, como puede ser garrafas de plástico vacías, botes metálicos de pintura, etc que hayan contenido cualquier tipo de sustancia peligrosa, no pueden ser depositados en los contenedores municipales, si no que deben ser gestionados por un gestor autorizado para residuos peligrosos, al igual que se gestionan el resto de los residuos peligrosos generados en la actividad.

3- Declaración Anual de Vertidos antes del 31 de Marzo de 2014.
Aquellas empresas que estén en posesión de una Autorización de Vertido de Aguas Residuales al Alcantarillado emitida por el Ayuntamiento correspondiente, están obligadas a presentar una DECLARACIÓN ANUAL DE VERTIDOS ANTES DEL 31 DE MARZO, en el caso que así venga establecido explícitamente en las prescripciones técnicas o plan de vigilancia ambiental de dicha Autorización.

El Servicio de Asesoría Medioambiental de FROET, está a disposición de todos los asociados que lo requieran para facilitarles el cumplimiento de la normativa ambiental en materia de residuos peligrosos, envases o vertidos de aguas residuales, mediante la tramitación de las correspondientes declaraciones anteriormente descritas.

calendariomedioambiental

Para más información acerca de este servicio, pueden ponerse en contacto con el Servicio de Asesoría Medioambiental de FROET:

Email: medioambiente@froet.es
Teléfono: 968.386.276

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