A partir del 1 de enero de 2023 queda sin efecto el Decreto 2/2022 de 7 de julio, por el que se estaba exento el pago de las siguientes tasas:
T120. Tasa sobre capacitación profesional en materia de transportes.
• Derechos de examen de capacitación profesional.
• Expedición o renovación de títulos o certificados (Capacitación Profesional, CAP).
T430. Tasa por ordenación del transporte terrestre.
• Autorizaciones: Expedición, rehabilitación, prórroga o visado.
• Aumento o reducción del número de vehículos, sustitución de vehículos, modificación de las características técnicas de los mismos.
• Transmisión de la titularidad y cambio de forma jurídica de la empresa titular.
• Comprobación, registro, personalización y entrega de tarjetas de tacógrafos digitales.
• Certificado de conductor de terceros países.
Por lo tanto, a partir del 1 de enero 2023, dichas tasas se abonarán en su totalidad.