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El Céntimo Sanitario declarado ILEGAL

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal el céntimo sanitario. España podría verse obligada a devolver cerca de 13.000 millones de euros.

Según la sentencia hecha pública esta misma mañana, no procede limitar en el tiempo los efectos de dicha sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Catalunya no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años.

La Directiva sobre los impuestos especiales afecta en particular a los hidrocarburos, como las gasolinas, el gasóleo, el fuelóleo y el queroseno. Esta Directiva fija las reglas relativas a la percepción de impuestos especiales en la Unión, con el fin de evitar que los impuestos indirectos suplementarios obstaculicen indebidamente los intercambios.

No obstante, la Directiva prevé que los hidrocarburos puedan estar sujetos a impuestos indirectos distintos del impuesto especial armonizado establecido por dicha Directiva, cuando se cumplen dos requisitos acumulativos.  Por un lado, el gravamen debe perseguir una o varias finalidades específicas. Por otro, debe respetar las normas impositivas aplicables en relación con los impuestos especiales o con el IVA para la determinación de la base imponible, la liquidación, el devengo y el control del impuesto.

Basándose en esta posibilidad prevista por la Directiva, España estableció el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos («IVMDH»). Este impuesto estaba destinado a financiar las nuevas competencias transferidas a las Comunidades Autónomas en materia sanitaria, además de actuaciones medioambientales en su caso.

EL IVMDH estuvo en vigor en España entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos.

En su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia declara que el IVMDH es contrario a la Directiva sobre los impuestos especiales.

El «céntimo sanitario» es un tributo indirecto aplicado por la mayoría de las comunidades autónomas sobre el precio de los carburantes con el objetivo de utilizar estos recursos para intentar solucionar los problemas de liquidez de la sanidad pública.

El «céntimo sanitario» fue aplicado por Madrid desde el 1 de agosto de 2002, Asturias y Galicia, desde enero de 2004 y Cataluña, desde agosto de 2004.

Posteriormente, y a consecuencia de la crisis económica, fueron sumándose la mayor parte de las comunidades restantes.

Texto completo de la Sentencia

Acceso al texto íntegro de la Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-82/12  IVMDH 

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