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El Gobierno impedirá el despido por causas relacionadas con la COVID-19

El Gobierno ha aprobado el nuevo Real Decreto-ley 9/2020, con medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados de la crisis sanitaria de la COVID-19.

La nueva norma, completa  la aplicación y los mecanismos de control de las medidas puestas en marcha a través del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo. Además, pretende agilizar la contratación pública durante la crisis causada por la coronavirus.

La norma establece mecanismos legales y recursos públicos para que los empresarios puedan acudir a los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) y asegurar el mantenimiento de los contratos. En este sentido, no podrán propiciar despidos por causas de fuerza mayor, técnicas, económicas, organizativas y de producción.

Los contratos temporales, no se extinguen, sino que se interrumpen, y se reanudarán una vez concluya la crisis sanitaria. 

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz avanzó que se simplificarán los expedientes de regulación temporal de empleo. Las empresas tendrán que rellenar un formulario con los datos personales del trabajador, su Documento Nacional de Identidad y su número de cuenta. Las oficinas del servicio público de empleo tramitarán y reconocerán las prestaciones por desempleo con prontitud. Estas prestaciones, ha aclarado la ministra, se otorgarán incluso a aquellas personas que no cumplen con los plazos de cotización previa habituales.

Por otra parte, la ministra anunció que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social revisará de oficio todos los ERTE, comprobará las causas alegadas para solicitarlos y, en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, o si se observa cualquier tipo de fraude, las empresas «tendrán que devolver hasta el último céntimo de euro percibido, incluida la prestación por desempleo del trabajador afectado».

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