El viernes 3 de noviembre se publicó el Real Decreto 787/2023, que redefine la identificación, registro y trazabilidad de animales en cautividad en España. En vigor a partir del 2 de enero de 2024, esta reforma pretende armonizar la normativa nacional con los estándares europeos.
Identificación electrónica para bovinos
Una de las novedades más destacadas es la introducción de la identificación electrónica para bovinos. Se establece un periodo transitorio de 5 años, durante el cual se modificará la estructura del código de identificación, incorporando el código de especie en las posiciones cuarta y quinta de los últimos quince dígitos del código.
Identificación individual: camélidos, cérvidos y las aves psitácidas
El Real Decreto aborda la identificación individual de especies antes desatendidas, como camélidos, cérvidos y psitácidas. Este enfoque se aplica especialmente a aquellos que se desplacen a otros Estados miembros.
Competencias en la emisión de pasaportes para équidos
En el ámbito équido, las asociaciones asumen la emisión de pasaportes, mientras que la autoridad competente supervisa la transferencia segura de información. Se busca una gestión más eficiente y segura de la documentación relacionada con estos animales.
La reforma introduce distintos formatos de documentos de identificación para équidos: estándar y ampliado. Este último, destinado a animales registrados, incorpora datos sanitarios como la marca de validación y el permiso de la Federación Ecuestre Internacional o la autoridad de carreras de caballos competente.
Código Seguro de Verificación (CSV) para documentos de movimientos
Los documentos electrónicos de movimientos ahora deben contar con un Código Seguro de Verificación (CSV), garantizando la integridad y autenticidad de la información.
Además, se establecen plazos específicos para la comunicación de nacimientos, muertes y cambios de información en registros de identificación individual de animales y movimientos de ganado. Desde el Ministerio de Agricultura señalan la necesidad de adecuar la normativa nacional al nuevo marco europeo. El Real Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2024.