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FROET solicitará la devolución de ingresos indebidos por la incorrecta cotización de los conductores

  • La cuantía a reclamar puede llegar a 2.304 € por conductor para el período de los cuatro años no prescritos.
  • Siguiendo el criterio de código de ocupación, el tipo de cotización para un conductor por AT y EP es del 6,7%, mientras que con el criterio de cotización según el CNAE de la empresa, el tipo de cotización para un conductor es del 3,7%.

FROET ha analizado las normas y tipos de cotización por Accidente de Trabajo (AT) y Enfermedad Profesional (EP) para las empresas de Transporte de Mercancías por Carretera (Con CNAE 494) tras la publicación de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2016 que modifica la Disposición Adicional 4ª de la Ley 42/2006, y que supone un cambio interpretativo de la norma.

Por ello concluimos que existe la posibilidad de solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el retorno de diferencias en las bases de cotización de los conductores y personal adscrito de los años no prescritos (últimos cuatro años).

Es criterio de FROET, que los tipos de cotización (las tarifas de cotización) de los trabajadores afectos a la actividad principal de la empresa (Conductores y Jefes de Trafico) debían haberse regido por el CNAE de la empresa (norma general) y no por el código de ocupación (código de ocupación “f” excepción de la norma) como desde la Administración se venía interpretando.

Esto supone que siguiendo el criterio de código de ocupación, el tipo de cotización para un conductor por AT y EP es del 6,7%, mientras que con el criterio de cotización según el CNAE de la empresa, el tipo de cotización para un conductor es del 3,7%.

Por lo tanto, procede para el periodo de cuatro años* la solicitud de devolución de cuotas indebidas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
FROET estima que siguiendo el criterio de cotización según CNAE (frente al criterio de cotización según el código de ocupación tal y como se ha venido realizando), el diferencial de cotización a favor de la empresa, para un trabajador con una base de cotización de 1.600 € mensuales sería de 48 €/mes ** lo que supone una cuantía a reclamar, en este caso, de 2.304 € por conductor para el período de los cuatro años no prescritos.

En cuanto al procedimiento de solicitud de Ingresos Indebidos a la TGSS y teniendo en cuenta los plazos de prescripción antes mencionados, se ha de iniciar a instancia de parte y exige, no solo de la solicitud formal y motivada, sino la preparación, revisión y cálculo de las diferencias nominales (por trabajador) y en computo mensual, para ello el Departamento de Asesoría Laboral de FROET se pone a disposición de sus asociados para realizar la gestión y tramitación de esta solicitud.

Las tarifas de honorarios para realizar estos trámites diferirán en función de que a la empresa asociada le esté prestando el servicio nuestra asesoría laboral (J.A. Tomás Asesores, S.L.), un asesor externo o la propia empresa.

Dado el volumen de datos a tener en consideración, los asociados que no tengan contratado el servicio de Asesoría Laboral con FROET deberán solicitar presupuesto previo.

No obstante lo anterior, la Disposición Adicional Final 8ª de la Ley de los PGE, y el criterio de la TGSS (Murcia) a consulta de esta Federación, nos indican que desde el 1 de enero de 2016 se ha de cotizar por el código de ocupación, convirtiendo la excepción en norma general para el sector.

* (Cuatro años es el plazo de prescripción en materia de cotización, por lo que hasta el 30 en enero de 2016, ultimo día hábil del mes, se puede solicitar la devolución de los ingresos indebidos desde diciembre de 2011 a noviembre 2015, en febrero de 2016 se puede solicitar desde enero 2012 a diciembre de 2015).

** La devolución de ingresos indebidos, además de la cuantía principal conllevará el abono de los intereses legales que correspondan.

Recuerda que el último día de plazo para reclamar lo ingresado indebidamente durante 4 años, vence el 30 de enero próximo. Cada mes que pase sin haber formalizado la reclamación, supondrá la pérdida del derecho a la devolución de un mes.

Para más información pueden contactar con FROET en el 968340100

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