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Industria modifica los criterios para el transporte de alimentos a temperatura regulada

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado el pasado 6 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 242) laOrden ITC/2590/2010 que modifica los criterios técnicos que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con estas especificaciones. Esta Orden, que modifica los anejos y apéndices deReal Decreto 237/2000y entrará en vigor el 1 de enero de 2011.

La Orden recuerda que el Acuerdo sobre Transportes Internacionales de Mercancías Perecederas y sobre Vehículos Especiales utilizados en estos transportes (ATP) fue hecho en Ginebra en 1970 y que España firmó el instrumento de adhesión en 1972 y entró en vigor cuatro años más tarde. Desde su entrada en vigor, el acuerdo ATP ha sido objeto de una serie de enmiendas que se han ido incorporando a la legislación nacional.

La nueva Orden modifica el anejo 1 del Real Decreto, titulado «Especialidades», añade un nuevo anejo, el 4, que titula «Requisitos complementarios para el cumplimiento del Acuerdo ATP en relación con las inspecciones, modificaciones y montajes de los vehículos autorizados para el transporte de mercancías perecederas según dicho acuerdo», y añade un nuevo apéndice, el 13, titulado «Procedimiento de control de montaje de caja cerrada».
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Legislación ATP