ElReal Decreto 866/2010 de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas en los vehículos, establece en su disposición transitoria quinta que los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma deberán legalizarla mediante diligencia ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta ITV.
En este sentido y considerando como reforma la instalación de cinturones de seguridad, la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial nos ha remitido suacta de coordinación de 15/02/2011.
De acuerdo con la misma, las empresas que hayan instalado los cinturones de seguridad con anterioridad al 14 de enero de 2011, deben legalizarlosmediante certificado y través de la ITV, la cual realizará la correspondiente anotación en la ficha técnica.
El plazo para realizar este trámite finaliza el 14 de julio de 2011.
Nota: Es posible pasar la ITV obligatoria y posteriormente legalizar los cinturones siempre y cuando no se sobrepase el plazo del 14 de julio de 2011.
Fuente: ANETRA
Descargas
• Acta de coordinación
• Modelo Certificado