La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha puesto a disposición de empresarios y profesionales, con tres meses de antelación sobre lo previsto, los nuevos servicios VERI*FACTU, en cumplimiento del Real Decreto 1007/2023. Desde el 23 de abril, estos servicios ya están operativos en la Sede Electrónica de la AEAT, con el objetivo de agilizar y estandarizar los procesos de facturación electrónica.
Novedades para expedidores de facturas
Las empresas y profesionales que emitan facturas podrán acceder a las siguientes funcionalidades:
- Servicio Web para la remisión de registros de facturación (art. 15 del RD 1007/2023).
- Servicio Web exclusivo para sistemas VERI*FACTU, que permite la remisión de registros de facturas verificables (art. 16.1).
- Consulta y descarga de registros de facturación, facilitando el acceso a su historial de manera rápida y segura.
Servicios para destinatarios de facturas
Los receptores de facturas también se beneficiarán de nuevas herramientas:
- Cotejo de facturas mediante código QR (art. 17.1), que garantiza la autenticidad de los documentos siempre que provengan de sistemas VERI*FACTU.
- Consulta y descarga de registros de facturación recibidos, permitiendo una gestión más eficiente y transparente.
¿Qué es Veri*factu?
Verifactu es un sistema de la Agencia Tributaria que busca garantizar la transparencia y seguridad en la emisión de facturas electrónicas, obligando a los sistemas de facturación a enviar automáticamente los datos a la AEAT. En esencia, Verifactu no es un sistema de facturación en sí, sino un sistema de control que se integra con los software de facturación existentes.
¿Quién está obligado a utilizar Veri*factu?
En general, la obligación recae sobre:
Empresas y autónomos que emiten facturas. Incluye tanto a aquellos sujetos al IRPF como al Impuesto sobre Sociedades.
Excepciones:
- Aquellos que ya están acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).
- Algunos sectores con alto riesgo de fraude en el uso de software de doble uso (hostelería, comercio, etc.).
- Las empresas extranjeras con establecimiento permanente en España.
- No se aplica a aquellos profesionales que no utilizan software de facturación.
¿Cuándo entra en vigor Veri*factu?
El Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, ha modificado el Real Decreto de 2023 y ha establecido como fechas de implantación el 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2026 para el resto de empresas y autónomos.
Para más información, los interesados pueden acceder al procedimiento de VERI*FACTU en la Sede Electrónica de la AEAT.

