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Las ayudas directas por vehículo recibidas deberán declararse en el «Modelo 347»

Recordamos que las ayudas directas, que las empresas de transporte de mercancías y viajeros recibieron en el 2022, deben ser incluidas en el modelo 347.

El modelo 347, es una declaración informativa anual que debe presentarse ante la Agencia Tributaria en febrero de cada año para informar a Hacienda de las operaciones con terceras personas cuando el importe facturado sea superior a los 3.005,06 euros.

En el caso de las ayudas directas recibidas durante el 2022, las empresas de transporte, tal y como se indica en el artículo 33.1 del Reglamento General, establece que las operaciones que superen los 3.005,06 euros deben ser declaradas.

Recordar que esta cantidad se consignará con la clave B en el modelo 347, de entregas de bienes y prestaciones de servicios superiores a 3.005,06 €, al asimilarse la subvención a un ingreso por ventas.

Se deben incluir de forma separada las entregas y adquisiciones de bienes y servicios y de utilizar la clave B en el modelo 347.

Asimismo, en caso de que la Agencia Tributaria exija la devolución de las ayudas, también se deberá reflejar en el modelo 347 del período correspondiente.

Por último, no olvidar incluir el NIF del pagador, que en este caso es la Agencia Tributaria con NIF Q2826000H.

Fuente: CETM

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