El uso es obligatorio para el transporte de ultracongelados.
Deben verificarse cada dos años y certificados en las normas UNE EN-12830 y 13486.
Está prohibido su uso si no han superado el control metrológico correspondiente.
Los termógrafos son instrumentos de medición que se utilizan para registrar y controlar a intervalos regulares y frecuentes la temperatura de un habitáculo. En nuestro caso se utiliza para controlar la temperatura del aire a que están sometidos los alimentos destinados al consumo humano que se transportan.
El uso es obligatorio para el transporte de alimentos ultracongelados destinados al consumo humano. Las empresas están además, obligadas a fechar y conservar durante al menos un año las temperaturas registradas por el aparato medidor.
Estos aparatos deben instalarse en España cumpliendo la reglamentación vigente y estar certificados en el cumplimiento de las normas UNE EN-12830 y UNE EN-13486 por el fabricante o laboratorio acreditado.
Los poseedores de termógrafos en servicio están obligados a solicitar cada dos años la verificación periódica de sus instrumentos, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico. El plazo de validez de dicha verificación será de dos años.
Por lo tanto informamos a todas las empresas que utilicen en sus vehículos estos aparatos medidores de temperatura o termógrafos, que soliciten las verificaciones establecidas antes del 30 de diciembre de 2009 (plazo máximo para utilizar los equipos que no estén certificados), dado que se pueden seguir utilizando si pasan dicha verificación.
Actualmente ya se está exigiendo por parte de la inspección, la instalación y la verificación de dichos termógrafos según las normas indicadas, imponiendo sanciones en su caso. Los equipos que se instalen nuevos deberán cumplir las estipulaciones contempladas en la orden ITC/3701/2006 y tendrán que pasar la verificación a los dos años.
Dichas verificaciones deben ser realizadas por el organismo competente de la Comunidad Autónoma donde resida la empresa. En Murcia este organismo es la Sección de Metrología de la Dirección General de Industria, Energía y Minas en el Centro Regional de Industria y Energía (C.R.I.E.), a quien deben dirigirse.
CENTRO REGIONAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA (C.R.I.E.)
Polígono Industrial Oeste – Avda. Del descubrimiento. Parcela 15.
30820 Alcantarilla (Murcia)
Telf. 968 89 39 76, Fax 968 89 84 11