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Portugal Nuevo modelo electrónico de control de movimiento de mercancías

El próximo 15 de octubre de 2013, finaliza el periodo de adaptación que las Autoridades Tributarias y Aduaneras de Portugal, otorgaron a las empresas para la implantación del nuevo modelo electrónico de control de movimiento de mercancías en territorio portugués, lo que en España es el documento de control.

A partir de esta fecha, el 15 de octubre, la administración tributaria controlará totalmente el movimiento de las mercancías por vía electrónica, incurriendo en sanción económica la empresa que no haya comunicado previamente.

¿Qué transportes están sujetos a esta comunicación previa?
Están obligados a realizar la comunicación electrónica de control de movimiento de mercancías los transportes con origen y destino en Portugal, incluidos los de cabotaje.

Los transportes internacionales con origen o destino en un país distinto a Portugal están exentos de esta obligación. No obstante, es muy importante en un transporte de España a Portugal, que el documento CMR incluya como destino el cliente final.

¿Quién es el responsable de la comunicación?
Este sistema obliga al remitente/expedidor de la mercancía a comunicar electrónicamente datos relativos al TVA (factura, guía de remesa).

Esta comunicación no se registra en papel, por lo tanto, el expedidor de la mercancía ha de entregar al conductor el código “AT” correspondiente a la comunicación realizada.

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