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Restricciones a la circulación para vehículos pesados en España 2018

La Dirección General de Tráfico ha establecido medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2018 para vehículos pesados, publicando hoy miércoles 21 de febrero de 2018 en Boletín Oficial del Estado.

Como cada año, están exceptuadas las comunidades del País Vasco y Cataluña que tienen competencias en cuanto a restricciones de circulación. 

Las restricciones de circulación que señala la DGT para vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A. y que precisen autorización complementaria así como vehículos especiales, se indican en el ANEXO II  de esta Resolución.

Recordamos que en Murcia durante el 2 de abril de 9 a 21 horas, estos tramos estarán afectados por restricciones a la circulación:

A-7 Desde pk. 602 Alhama de Murcia. hasta pk. 564   09.00-21,00 Sentido Valencia.
A-30 Desde pk. 171,8 El Jimenado / RM-2. hasta pk. 135   09,00-21,00 Sentido Albacete.

La más cercana en el calendario, la operación salida del 23 de marzo, la del 28 de marzo (Semana Santa) y la operación retorno del 2 de abril.

En mayo, los transportistas tendrán restricciones en las distintas carreteras de la península los días 1 y 2 de mayo, este último día en la Comunidad de Madrid.

Además, las fechas de operación salida y retorno en el verano, las habituales. El viernes 29 de junio será la primera operación salida y el domingo 2 de septiembre la operación retorno final. Entre medias, el 1 de julio, el 31 de julio, el 1 de agosto y el 15 de ese mismo mes.

Todas estas fechas, como las del puente del Pilar (desde el jueves 11 de octubre) o las de la Inmaculada (a partir del miércoles 5 de diciembre) son las que afectan a toda el territorio español.

Como en el año 2017, las restricciones del 2018 contemplan excluir los transportes de “frutas y verduras frescas”. Su transporte ya no se verá penalizado por restricciones en fines de semana y en festivos nacionales, autonómicos y locales, así como en puentes, operaciones salida y retorno de vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad.

Además de las mercancías perecederas, también están exentos de restricciones el transporte de las siguientes mercancías:

– Transporte de ganado vivo.
– Vehículos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, destinados al transporte de envíos postales dentro del ámbito de la prestación del servicio postal universal, de lunes a viernes, ambos incluidos.
– En periodo de campaña de vialidad invernal, aquellos que transporten fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.
– Grúas de servicio de Auxilio en carretera (señal V-24).

Puede ver la resolución completa pinchando aquí

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