El pasado 6 de abril el BORM nº 77 publicó la Resolución de 26 de marzo de 2010, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para promover la conciliación de la vida laboral, familiar y personal. Estas ayudas están diseñadas para fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral, dirigidas, por una parte, a los trabajadores por cuenta ajena, para el cuidado de menores de ocho años a su cargo, por otro lado a las trabajadoras autónomas y por otro a las empresas que tengan en su plantilla trabajadores en situaciones de excedencia o reducción de jornada.
Las solicitudes de ayudas pueden descargarse ya de la web del Servicio Regional de Empleo y Formaciónwww.sefcarm.es.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, las ayudas están dirigidas a sufragar los gastos derivados de la contratación de una tercera persona que atienda el cuidado de menores de ocho años a su cargo, así como a compensar la pérdida de ingresos derivada de la reducción de la jornada laboral o la excedencia.
Asimismo, y para promover la conciliación efectiva de la vida laboral y familiar, y la igualdad de oportunidades, se incrementa el volumen de las ayudas a hombres o mujeres víctimas de violencia de género en un 25 por ciento.
Para las trabajadoras por cuenta propia se establecen ayudas a la contratación de desempleados para sustituirlas durante su periodo de baja por maternidad.
El resto de las ayudas se dirigen a pymes para la contratación de desempleados que cubran las bajas de trabajadores que hayan reducido su jornada o que se encuentren disfrutando de un periodo de excedencia, así como para fomentar la contratación indefinida de desempleados y el mantenimiento de los puestos de trabajo de guarderías creadas expresamente para atender a hijos de sus empleados.
Las ayudas pueden alcanzar hasta los 10.000 euros.
Ayudas a trabajadores por cuenta ajena
1. Para contratar a una tercera persona para el cuidado de menores a cargo.
2. Por reducción de jornada para el cuidado de menores a cargo.
3. Por excedencia para el cuidado de menores a cargo.
Ayudas a trabajadores por cuenta propia y a la empresa
1. Por la contratación de un desempleado para sustituir a la trabajadora autónoma durante el permiso por maternidad.
2. Por la contratación de desempleados para sustituir a los trabajadores que obtengan reducción de jornada o excedencia para el cuidado de menores a cargo.
3. Por la contratación de personas para atender los servicios de guardería para los menores a cargo de los trabajadores, que se implanten en una empresa, distinguiéndose dos modalidades: la contratación indefinida y el mantenimiento de los puestos de trabajo.
El plazo finaliza el próximo 15 de septiembre de 2010