La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha intensificado las campañas de control para verificar la implantación real y efectiva de protocolos y planes de acoso por razón de sexo en las empresas de todos los tamaños.
Las empresas están obligadas a tener protocolos actualizados, formaciones y canales de denuncia, siendo las sanciones muy graves en caso de incumplimiento.
Aunque los planes de igualdad son obligatorios para empresas de 50 o más trabajadores, la obligación de tener un Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo afecta a todas las empresas, independientemente de su tamaño.
Puntos clave de la campaña de inspección 2025-2026
- Verificación de la existencia, registro y efectividad de los protocolos.
- Revisión de la formación en materia de acoso impartida a la plantilla.
- Comprobación de los cauces de denuncia y procedimientos de investigación interna.
- Control especial en sectores feminizados y en cumplimiento de la Ley LGTBI.
La falta de protocolo puede considerarse una infracción grave, con multas que oscilan entre 751 € y 7.500 €, pudiendo alcanzar cifras muy superiores si se demuestra inactividad ante situaciones de acoso (hasta 225.018 €).
Cómo cumplir con la norma y evitar sanciones
- Implementar el protocolo. Debe ser específico, conocido por la plantilla y negociado con la representación legal de los trabajadores.
- Canal de denuncias. Habilitar un procedimiento seguro y confidencial.
- Formación continua. Sensibilizar a la plantilla sobre la tolerancia cero ante el acoso.
No te arriesgues a sanciones o problemas legales.
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