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Aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15%

Se ha publicado la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Se mantienen los mismos importes de años anteriores, tanto en lo que se refiere a personal empleado y capacidad de los vehículos como al límite máximo de vehículos de transporte que se pueden incluir en régimen de módulos: 4 vehículos para transporte de mercancías, 5 vehículos para el transporte de mensajería y 5 vehículos en el caso de transporte de viajeros en autobús.

La principal novedad es que se ha elevado del 5% al 15% la reducción sobre el rendimiento neto de módulos para este año 2022 y hasta el 10% para el año 2023

Principales novedades tributarias introducidas por la Orden de Módulos para 2023

Para el período impositivo 2022:

Se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva.

La reducción que se tiene en cuenta para cuantificar el pago fraccionado correspondiente al cuarto trimestre del 2022 pasa del 5% al 15%.

Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos del pago fraccionado correspondientes al cuarto trimestre de 2022.

Para el período impositivo 2023:

Se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 10% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva.

La reducción que se tiene en cuenta para cuantificar los pagos fraccionados correspondientes a 2023 pasa del 5% al 10%.

Los contribuyentes que deseen renunciar o revocar su renuncia para el año 2023 pondrán ejercitar dicha opción desde el día 2 de diciembre hasta el 31 de diciembre del año 2022.

Actividad: Transporte de mercancías por carretera. Epígrafe I.A.E.: 722

MóduloDefiniciónUnidadRendimiento anual por unidad
antes de amortización (Euros)
1Personal asalariado.Persona.2.728,59
2Personal no asalariado.Persona.10.090,99
3Carga vehículos.Tonelada.126,21
Nota: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye, en su caso, el derivado de las actividades auxiliares y complementarias del transporte, tales como agencias de transportes, depósitos y almacenamiento de mercancías, etc., siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

Actividad: Transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera. Epígrafe I.A.E.: 721.1 y 3

MóduloDefiniciónUnidadRendimiento anual por unidad
antes de amortización (Euros)
1Personal asalariado.Persona.2.981,02
2Personal no asalariado.Persona.16.016,97
3Número de asientos.Asiento.121,40
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