La bonificación es una medida en beneficio exclusivo del transportista efectivo
El Ministerio de Transportes ha emitido un nota aclaratoria sobre el uso de la fórmula para calcular la variación del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible.
En dicha nota se dice que «la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público del gasóleo, contemplada en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, de acuerdo con la metodología del índice de referencia que toma como referencia los precios en surtidor, no tiene efectos directos en las variable G empleada para el cálculo de la revisión del precio del transporte establecida en las condiciones generales de contratación del transporte de mercancías por carretera.»