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La Dirección Electrónica Habilitada obligatoria para todas las empresas, autónomos o sociedades

La Dirección Electrónica Habilitada

Desde el 1 de enero de 2017, todas las comunicaciones con los titulares de autorizaciones de transporte, se realizan a través de la Dirección Electrónica Habilitada, según establece la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

El artículo 56 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestre establece que “Las comunicaciones relativas al procedimientos sancionadores que se instruyan en ejecución de lo dispuesto en esta ley a los titulares de las autorizaciones y habilitaciones que en la misma se contemplan se realizarán también por medios electrónicos de forma exclusiva”.

Notificaciones y requerimientos

Por ejemplo, los requerimientos de documentación para realizar las inspecciones de transportes solo se están efectuando a través de los medios electrónicos.

Tanto los autónomos como las sociedades están obligadas a estar de alta en el sistema de notificaciones electrónicas (https://notificaciones.060.es). Para registrarse y acceder a las notificaciones es obligatorio disponer de Firma Digital.

Las notificaciones y requerimientos se remiten por dos vías:
1- A la dirección electrónica habilitada del interesado (https://notificaciones.060.es).
2- Al punto de acceso general (carpeta ciudadana) del interesado (https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm)

El sistema envía una alerta a la dirección de correo electrónico que el interesado haya indicado en el proceso de registro, en la que se le avisa que existe una notificación o requerimiento en el buzón de su Dirección Electrónica Habilitada.

La notificación se entiende que se ha realizado en estos dos casos:
1- en el momento de acceso a su contenido.
2- cuando hayan transcurrido 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en la dirección electrónica habilitada aunque el interesado no haya accedido a su contenido.

Transcurrido ese plazo, el requerimiento solo está disponible en la carpeta ciudadana del punto de acceso general (https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm)

Recordamos que la no atención a los requerimientos de la Inspección de Transporte, puede dar lugar a una infracción muy grave por obstrucción a la labor inspectora.

 

Las multas de tráfico a través de la Dirección Electrónica Vial

También os recordamos que las notificaciones en materia de tráfico y de incidencias relacionadas con los permisos de circulación se realizan en la Dirección Electrónica Vial.

https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/notificaciones-electronicas/direccion-electronica-vial/

Para darse de alta en este sistema de notificaciones electrónicas también es obligatorio disponer de firma digital.

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