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Hacienda eleva a 26 céntimos por kilómetro el mínimo de compensación por uso del vehículo particular en el trabajo

El BOE ha publicado dos órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que actualizan la compensación por el uso de vehículos en el ámbito laboral. A partir de ahora, la compensación será de 0,26 euros mínimo por kilómetro recorrido.

Una de las órdenes se aplica a los empleados públicos que utilizan su propio vehículo para trabajar, mientras que la otra (Orden HFP/792/2023) establece exenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los contribuyentes que incurran en gastos de locomoción utilizando un vehículo propio.

Hasta ahora, la compensación era de 0,19 euros por kilómetro y se encontraba vigente desde el año 2005. La actualización era necesaria debido al encarecimiento del combustible y otros factores que han influido en los precios de las materias primas.

Para los empleados públicos, la compensación se realizará mediante la presentación de la factura de combustible y una declaración justificativa de los desplazamientos. Una vez verificada la documentación, se realizará un ingreso en sus cuentas bancarias.

En el caso de los contribuyentes del IRPF, las exenciones permitirán excluir de la declaración del impuesto la cantidad resultante de multiplicar 0,26 euros por los kilómetros recorridos. Se requerirá un documento que justifique los desplazamientos, incluyendo gastos de peaje y estacionamiento necesarios.

Esta actualización de compensaciones ya estaba prevista y fue pactada con los sindicatos en el marco del «Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI». El Gobierno incluyó una habilitación expresa en el Real Decreto-ley 20/2022, con el objetivo de ejecutar esta medida a través de órdenes ministeriales.

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