La nueva regulación afecta a los conductores asalariados desplazados que realicen transporte con origen o destino y cabotaje en dicho país.
Previamente al desplazamiento la empresa deberá crear una cuenta en el portal https://edetach.itm.lu/edetach/ y desde la misma realizar una comunicación indicando los datos del trabajador, el lugar y la duración prevista de la actividad.
La normativa exige tener un representante designado en aquel país, a efectos sobre todo de un posible requerimiento de inspección.
La empresa debe tener en todo momento disponible la siguiente documentación:
Empresa:
1. El certificado sobre alta en dicho país en el registro de IVA intracomunitario.
Conductores:
2 .Certificado médico de estar apto para el trabajo.
3. Contrato de trabajo.
4. Documento oficial de reconocimiento de la cualificación profesional.
5. El certificado A1 de la Seguridad Social. En España se solicita a través del modelo TA300.
6. Copia de la declaración del desplazamiento. También deberá llevarla el conductor.
Dichos documentos (del 1-5) deben anexarse en la plataforma https://guichet.itm.lu/edetach en el perfil de la empresa o del conductor, según corresponda, antes de realizar el desplazamiento.
Estos además deberán ser traducidos en una de las lenguas oficiales (francés y alemán) en caso de requerimiento por parte de la Inspección de Trabajo.
¿Cuál es el salario mínimo en Luxemburgo?.
Trabajador no cualificado: 11,55€/hora (1998,59€/mes).
Trabajador cualificado: 13,86€/hora (2398,30€/mes).
En FROET hemos elaborado una guía de cómo darse de alta en la plataforma y comunicar los desplazamientos.
Solicítela a froet@froet.es , solo para asociados.