(redactados conforme a la Orden FOM/3398/2002) que ya estén editados y actualmente se encuentren en poder de las empresas, podrán continuar siendo utilizados hasta su cumplimentación definitiva.
– Cualquier nuevo libro de ruta y de reclamaciones que se edite a partir del 4 de julio de 2013 deberá ajustarse a las características de la nuevaOrden FOM/1230/2013.
Los modelos de libros de ruta, libro de reclamaciones. Se encuentran en el Anexo I al III de la presente Orden.