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Primera sentencia favorable del caso “Cartel de fabricantes de camiones” en Alemania

Recientemente se ha dictado la primera sentencia estimatoria sobre el cártel de los camiones en Alemania (Landgericht Hannover 18 O 8/17).

La sentencia estima en lo sustancial las pretensiones de la empresa de transportes demandante. Para negar la existencia de daño, el fabricante (MAN) alegaba que durante la vigencia del cártel sus listas de precios brutos aumentaron con menor intensidad de lo que lo hicieron una vez concluido el cártel.

En este caso, el demandante fue el ayuntamiento de la ciudad de Goettingen, que reclamó daños por valor de 335.000 euros por la compra de camiones MAN destinados al departamento de bomberos y al servicio municipal de limpieza.

El Tribunal considera irrelevante la alegación, ya que esto pudo deberse bien a que los efectos del cártel se prolongaron incluso después de su conclusión, o bien a otras circunstancias ajenas al cártel.

También alega el fabricante que no hubo daño económico para el comprador de sus camiones porque el eventual efecto cártel fue absorbido por los descuentos practicados por los concesionarios, aunque el Tribunal también ha desestimado este argumento. Concluye el Tribunal que al ser mayor el precio bruto, los descuentos se practican sobre un precio de salida superior, por lo que el precio final es más elevado del que se habría fijado sin existir el cártel.

Conforme al Derecho Alemán, deja para un proceso posterior la cuantificación económica de los daños.

Esta es una buena noticia, ya que además de reconocer el daño, se desmontan los argumentos del fabricante en relación a los descuentos comerciales aplicados al cliente.

Informaremos debidamente de los hitos relevantes que se vayan produciendo en relación con estos procedimientos.

Recordamos que aún se puede tramitar la reclamación de daños a través de FROET.
Los vehículos objeto de la reclamación son aquellos adquiridos a través de la compra, leasing o renting de camiones de más de 6 toneladas de las marcas MAN, SCANIA, VOLVO/RENAULT, DAIMLER/MERCEDES, IVECO y/o DAF, entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011.

Fuente CCS Abogados

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