Se ha publicado la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Tal y como se había anunciado en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado que presentó el Gobierno, se incluye la prórroga de los módulos en 2021 en los límites actuales, es decir en 125.000 euros.
Recordamos que durante el año 2020 se tomó como referencia la facturación límite del 2019 que estaba establecida en 125.000 euros.
Por lo tanto, los transportistas autónomos podrán seguir acogidos al régimen de módulos durante el año 2021, siempre que no hayan superado los límites de 125.000 euros de facturación a empresas o profesionales durante el ejercicio anterior, es decir el 2020.
En este caso, podrán seguir en módulos en 2021 aquellos que no superen los siguientes límites de facturación en 2020:
• Para el conjunto de actividades económicas: 250.000 euros. A estos efectos se computaran la totalidad de las operaciones con independencia de que exista o no obligaciones de expedir factura de acuerdo con el reglamento de facturación Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre.
• Cuando el destinatario sea empresario o profesional: 125.000 euros, que es el caso de la gran mayoría de transportistas.