Los transportistas que realicen cualquier transporte de alimentos deben estar inscritos Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, regula dicho Registro y tiene como objeto simplificar y coordinar, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, un registro nacional y público de todas las empresas implicadas en la cadena alimentaria.
¿Qué empresas deben inscribirse?
Todas las empresas dedicadas al almacenamiento y/o distribución y/o transporte cuya actividad tenga por objeto los alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano. Esto incluye tanto a transportistas, agencias, operadores de transporte y almacenistas.
Requisitos: tener implantado un procedimiento de control de las mercancías que se transportan.
Le ayudamos a registrarse
En FROET nos encargamos de todos los trámites:
1- Solicitud inicial del Registro.
2- Estudio pormenorizado de las características de la empresa.
3- Desarrollo de los distintos Planes de Prerrequisitos.
4- Formación específica para sus trabajadores.
5- Seguimiento y puesta en marcha de las medidas correctoras. Planes de Prerrequisitos y Manual de Formación supervisados por el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad y Política de la Región de Murcia.
Para más información, visítenos o llámenos al 968340100.