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Registro sanitario de transportistas de alimentos: OBLIGATORIO PARA TODOS LOS TRANSPORTES DE ALIMENTOS

Los transportistas que realicen cualquier transporte de alimentos deben estar inscritos Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.

El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, regula dicho Registro y tiene como objeto simplificar y coordinar, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, un registro nacional y público de todas las empresas implicadas en la cadena alimentaria.

¿Qué empresas deben inscribirse?

Todas las empresas dedicadas al almacenamiento y/o distribución y/o transporte cuya actividad tenga por objeto los alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano. Esto incluye tanto a transportistas, agencias, operadores de transporte y almacenistas.

Requisitos: tener implantado un procedimiento de control de las mercancías que se transportan.

Le ayudamos a registrarse

En FROET nos encargamos de todos los trámites:

1- Solicitud inicial del Registro.
2- Estudio pormenorizado de las características de la empresa.
3- Desarrollo de los distintos Planes de Prerrequisitos.
4- Formación específica para sus trabajadores.
5- Seguimiento y puesta en marcha de las medidas correctoras. Planes de Prerrequisitos y Manual de Formación supervisados por el Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad y Política de la Región de Murcia.

Para más información, visítenos o llámenos al 968340100.

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