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Publicadas las prohibiciones a circulación de vehículos pesados en España 2020

La Dirección General de Tráfico ha establecido medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2020 para vehículos pesados, publicadas el pasado 21 de enero de 2020 en el Boletín Oficial del Estado. 

Como cada año, están exceptuadas las comunidades del País Vasco y Cataluña que tienen competencias en cuanto a restricciones de circulación. 

Como novedad este año, está la decisión de la Dirección General de Tráfico de impedir la circulación de camiones de más de 7,5 tns de masa máxima autorizada por la AP-1 y la N-I desde Burgos en dirección al País Vasco y la frontera francesa, reteniendo así a los camiones a más de 250 kilómetros de la frontera con Francia todos los domingos y festivos del 3 de julio al 13 de septiembre, así como en diversas fechas de los meses de marzo, abril, mayo, octubre, noviembre y diciembre.

Las restricciones de circulación que señala la DGT para vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A. y que precisen autorización complementaria así como vehículos especiales, se indican en el ANEXO II  de esta Resolución.

Recordamos que en Murcia durante el 13 de abril (SEMANA SANTA) de 9 a 21 horas, estos tramos estarán afectados por restricciones a la circulación:

A-7 Desde pk. 602 Alhama de Murcia hasta pk. 564   09.00-21,00 Sentido Valencia.
A-30 Desde pk. 171,8 El Jimenado / RM-2 hasta pk. 135   09,00-21,00 Sentido Albacete.

La operación salida más cercana en el calendario, es la del miércoles 8 DE ABRIL (Semana Santa) y la operación retorno del 12 DE ABRIL.

En mayo, los transportistas tendrán restricciones en las distintas carreteras de la península los días 30 DE ABRIL Y 1 DE MAYO, este último día en la Comunidad de Madrid. El domingo 3 de mayo, también se producirán restricciones en la zona centro por la festividad del 1 de Mayo y la celebración del Campeonato motociclismo Jerez.

Además, las fechas de operación salida y retorno en el verano, las habituales. El miércoles 14 de agosto, operación salida y retorno donde confluyen entradas y salidas de vacaciones y previo a festivo del 15 de agosto.

Todas estas fechas, como las de la festividad del Pilar (12 de octubre), el puente de Todos los Santos (desde el viernes 30 de octubre al 2 de noviembre) y las de la Inmaculada y Constitución (a partir del viernes 4 de diciembre hasta el martes 8 de diciembre) son las que afectan a todo el territorio español.

Como en el año 2019, las restricciones del 2020 contemplan excluir los transportes de “frutas y verduras frescas”. Su transporte no se verá penalizado por restricciones en fines de semana y en festivos nacionales, autonómicos y locales, así como en puentes, operaciones salida y retorno de vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad.

Además de las mercancías perecederas, también están exentos de restricciones el transporte de las siguientes mercancías:

– Transporte de ganado vivo.
– Vehículos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, destinados al transporte de envíos postales dentro del ámbito de la prestación del servicio postal universal, de lunes a viernes, ambos incluidos.
– En periodo de campaña de vialidad invernal, aquellos que transporten fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.
– Grúas de servicio de Auxilio en carretera (señal V-24).

Puede ver la resolución completa pinchando aquí

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