El pasado 22 de noviembre de 2019, se publicó en el BOE la Resolución de 20 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y viajeros por carretera.
Esta resolución se emite por los cortes sufridos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, más específicamente en los días 11, 12 y 13 de noviembre en las provincias de Barcelona y Girona. Así como, las retenciones sufridas en las Carreteras AP-8, N-121 y Gi-636 situadas en la provincia de Gipuzkoa con sentido a Francia, el día 12 de noviembre entre las 18 horas y 23 horas ambas inclusive.
Esta excepción es aplicable a todas las operaciones de transporte que se hayan producido total o parcialmente por estas zonas.
Esta circunstancia se ha puesto en conocimiento de la Comisión Europea y podrá ser alegada a la hora de reclamar la sanción si se es multado por estos motivos, como ya ocurrió con la suspensión de los tiempos de conducción y descanso con ocasión de los cortes del 14 y 20 de octubre.