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Cargadores desafían la Ley y siguen exigiendo a conductores realizar la cargas y descarga

Aumentan los casos entre ciertos cargadores que ponen en riesgo la seguridad de los conductores y se juegan una multa de hasta 6000 €

En los últimos meses, se ha observado un alarmante aumento de casos en los cuales ciertos cargadores persisten en la lamentable práctica de requerir que los conductores de camiones realicen la carga y descarga de la mercancía.

Esta actividad está prohibida desde el pasado 2 de septiembre de 2022 y pone en riesgo la seguridad del conductor.

Es imprescindible que las empresas de transporte denuncien estas prácticas para erradicar de una vez por todas, esta problemática. 

👉 ¿Quién NO PUEDE cargar ni descargar?
Conductores (autónomos, por cuenta ajena y de empresas extranjeras en España) de vehículos de mercancías de servicio público de más de 7,5tn.

Se prohíben las operaciones de carga y descarga tanto de la mercancía como los soportes y envases: palés, contenedores, jaulas, etc.

👉 ¿Quién PUEDE cargar y descargar?
Conductores de vehículos de menos de 7,5 tn. y otros como los de servicio privado, mudanzas, cisternas, portavehículos, carga fraccionada, animales vivos, etc. (ver excepciones)

👉 ¿Se puede pactar que el conductor cargue o descargue?
ROTUNDAMENTE NO
. El conductor nunca podrá realizar estas operaciones (salvo las excepciones).

🛃 Hasta 6000 € de multa para el transportista, cargador e intermediarios.

☎️ Si tienes cualquier duda en la aplicación de esta norma, llámanos:
ASESORÍA LEGAL Y SANCIONES FROET
>> 968 340 100