La Justicia Europea ha rechazado que una empresa de transportes delegue la responsabilidad de controlar los tiempos de conducción y descanso en terceros, ya que esto impediría el control de las autoridades pertinentes.
El fallo se deriva de una consulta de la justicia austriaca, después de que una empresa de ese país europeo designara un «encargado responsable» para controlar estas tareas, lo que el tribunal ha considerado que infringe el Derecho de la Unión.
Según el tribunal, la norma austriaca que ha permitido la designación de un tercero como responsable del tacógrafo infringe el Derecho de la Unión, ya que se opone a que se ponga en tela de juicio la honorabilidad de las empresas de transporte por carretera y a que se les impongan sanciones.
La sentencia se basa en la decisión de una empresa de transporte austríaca, que, de conformidad con su normativa nacional, designó un encargado responsable para asumir la tarea de hacer cumplir los tiempos de conducción, a pesar de que no era ni gestor de transporte ni mandatario facultado para representar a la empresa frente a terceros. A esta persona le llegaron varias multas por infringir las normas de tacógrafo y tiempos de conducción y las impugnó.
La decisión del TJUE implica que las empresas de transporte no pueden delegar la responsabilidad de controlar los tiempos de conducción y descanso en terceros, y que deben cumplir con las normas establecidas por la Unión Europea.