La decisión del Tribunal Constitucional de estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma, abre la puerta a la anulación de las multas impuestas por saltarse las restricciones de circulación.
Distintas fuentes jurídicas indican que el fallo permitirá que se puedan anular las multas relativas a los apartados del decreto-ley que el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales.
Sin embargo, otras fuentes recuerdan que la mayoría de las multas durante el primer estado de alarma se pusieron por “desobediencia o resistencia a la autoridad”, y no por incumplir el confinamiento.
El Gobierno tiene en la Ley de Seguridad Ciudadana el mejor argumento jurídico para responder a la oleada de reclamaciones.
En total, los 99 días del primer estado de alarma acabaron con 1.142.127 propuestas de sanción por estar en la calle sin causa justificada o infringir otras de las medidas impuestas para evitar la propagación del virus.
En concreto, los magistrados han estimados nulos la limitación del circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial y la potestad del Ministerio del Interior para acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública.
Habrá que esperar a los próximos días para conocer el contenido de la sentencia y de los votos particulares y, por ende, el alcance de la resolución.