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Las reclamaciones de comisiones bancarias de empresas asociadas a FROET se elevan a 100.000 euros, en tan solo un mes

Desde el pasado mes de enero, los asociados a FROET pueden reclamar las comisiones bancarias cobradas indebidamente durante los últimos 15 años, gracias al acuerdo que FROET alcanzó con COMIFLIX, expertos en reclamaciones bancarias.

Durante el primer mes de vigencia de este acuerdo, más de 50 asociados a FROET han recurrido al estudio gratuito que ofrece este servicio. Una primera estimación eleva la cifra de las comisiones a reclamar, por encima de los 100.000 euros.

Hablamos con Andrés Morata, Director de COMIFLIX, que nos aclara ciertas dudas que surgen a la mayoría de los clientes. 

 

¿Por qué ahora se pueden reclamar ciertas comisiones bancarias?

Lo cierto es que, según la legislación vigente en materia bancaria, para que pueda ser cobrada una comisión, se deben dar simultáneamente dos requisitos: el primero de ellos es que esté pactada en contrato y el segundo, que obedezca a un servicio prestado realmente y que la entidad bancaria haya incurrido en algún gasto que pueda repercutirse al cliente a través de esas comisiones.

En el segundo requisito es donde COMIFLIX basa fundamentalmente las reclamaciones por comisiones indebidas, es decir, que se acredite por parte de la entidad bancaria el servicio prestado y por el cual se nos ha cobrado la comisión. No pueden cargarse comisiones de manera automática por el simple hecho de entrar en descubierto, pagar el recibo de hipoteca fuera de plazo o recibir un impago de un cliente. Debe existir un servicio o gasto real, el cual debe ser acreditado.

Una comisión es la contraprestación de un servicio, no se puede tratar nunca como una indemnización o una cláusula penal.

 

¿Cuál es el tipo de empresa que se interesa en las reclamaciones?

En realidad, cualquier empresa o autónomo, de cualquier tamaño o sector, es susceptible de poder reclamar comisiones indebidas. Tampoco debemos olvidar a particulares, es decir, aquellos que no ejercen ningún tipo de actividad.

Por tanto, cualquier empresa, autónomo o particular que haya atravesado una situación de dificultad económica, es susceptible de haber sufrido el cobro de comisiones indebidas.

 

¿Cuál es la cuantía media que reclaman las empresas?

Obviamente las cifras varían en función de dos factores: el tamaño de la empresa y la duración del periodo en que se hayan sufrido dificultades económicas. Hay que tener en cuenta también que, a día de hoy, se pueden reclamar comisiones bancarias indebidas de los últimos 15 años. A partir del 7 de octubre de 2020 solo se podrán reclamar 5 años.

Según nuestras estadísticas, un autónomo que haya atravesado dificultades en esta crisis que nos ha tocado pasar, puede estar en un importe de reclamación entre 15.000 y 20.000 euros fácilmente.

Si hablamos de empresas más grandes, podemos estar entre 60.000 y 80.000 euros de media, entre todas las entidades bancarias con las que ha trabajado durante estos últimos 15 años.

En caso de particulares, podríamos estar hablando de importes que oscilan entre 2.000 y 5.000 euros.

 

¿Cuáles son las comisiones reclamadas más comunes?

Las podemos agrupar en tres tipos claramente identificados.

El primer grupo serían las llamadas comisiones por reclamación de posición deudora o deuda vencida. Es decir, las comisiones fijas de 35, 40 o 45 euros, que cobran las entidades bancarias por el mero hecho de que la cuenta corriente entre en descubierto o se pague la hipoteca, leasing o cuota de tarjeta fuera de la fecha límite establecida.

Otras serían las comisiones por descubierto o excesos de póliza. Suelen oscilar entre el 2,5% y el 4,5% del mayor saldo descubierto dentro del periodo de liquidación que tengamos establecido.

Por último tendríamos las comisiones por devolución de efectos descontados, cheques o recibos de clientes. Esta comisión también es un porcentaje, y se aplica sobre el nominal del importe devuelto por el cliente, pudiendo llegar incluso hasta un 6%-7% del mismo.

Las argumentaciones para la reclamación de estas comisiones bancarias son distintas según el tipo de comisión, pero todas van encaminadas a acreditar que por parte de la entidad bancaria no se ha producido ningún servicio o se ha incurrido en algún gasto por el que pudieran cargarse las citadas comisiones.

 

¿Cuál es el tiempo de espera media para lograr un primer resultado, ya sea extrajudicial como judicialmente? 

El tiempo de espera depende del tipo de comisión, de su antigüedad y lo más importante, de la entidad bancaria a la que se reclame, ya que algunas son más favorables a intentar un acuerdo extrajudicial, por lo que en un plazo de 2-3 meses podríamos tener ya resultados positivos.

Desgraciadamente los Servicios de Atención al Cliente, que son los departamentos encargados de estos acuerdos extrajudiciales, por la normativa común que los regula, no pueden pronunciarse o llegar a acuerdos por comisiones con una antigüedad superior a 6 años, por lo que las comisiones cobradas durante los años de crisis (2008-2012) deben acabar en una reclamación judicial.

 

¿Cual es porcentaje de éxito en estas reclamaciones?

COMIFLIX tiene clientes de todos los sectores de actividad, estando presentes en provincias como Murcia, Valencia, Valladolid, Zaragoza, Madrid o Sevilla. En todos nuestros casos, el éxito en la recuperación de las comisiones se acerca al 100%. 

Afortunadamente, la jurisprudencia, tanto a nivel de 1ª Instancia como sobre todo de Audiencias Provinciales, es cada vez más favorable, por lo que se reduce casi a cero la posibilidad de no recuperar las comisiones indebidas cobradas por las entidades bancarias.

Comentar que COMIFLIX asume todos los gastos durante el proceso de reclamación (economistas, abogados, procuradores…) cobrando únicamente un porcentaje de lo que se recupera, por lo que el cliente no asume ningún riesgo.

 

¿Cuántos asociados a FROET han utilizado el servicio y qué cantidades han reclamado?

La verdad es que nos ha sorprendido la acogida que ha tenido el convenio firmado entre FROET y COMIFLIX.

Solo durante el primer mes, más de 50 los asociados se han puesto en contacto con nosotros, con importes a reclamar en todos los casos entre esos 15.000-20.000 euros, llegando a los 55.000 euros en uno de ellos. En conjunto superan ámpliamente los 100.000 euros en comisiones a reclamar.

Ya intuíamos que el sector del transporte podría haber sido castigado con comisiones indebidas, sobre todo en los años de crisis, pero ha quedado totalmente confirmado con los importes reclamados a los asociados.

Como hemos comentado, a partir del 7 de octubre de 2.020, el número de años que se permitirá reclamar estas comisiones indebidas según la legislación se reducirá de 15 a 5 años, por lo que es ahora el momento para no dejar que prescriban todos esos años. Por tanto, el momento para reclamar es ahora.

 

Para más información pueden contactar con FROET en el 968340100 o cumplimentando el siguiente formulario:

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