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Reino Unido sancionará el descanso semanal normal cuando el vehículo se estacione en áreas no autorizadas

El descanso semanal normal debe hacerse con el vehículo estacionado en ubicaciones autorizadas para ello.

Los agentes del DVSA podrán revisar la actividad de los últimos 28 días e imponer hasta 5 sanciones en el mismo control (máximo de 1.500 libras).

Hasta el 31 de octubre los inspectores de tráfico del DVSA , (la DGT británica) seguirán advirtiendo a los conductores.

La asociación británica RHA informa de que a partir del 1 de noviembre de 2017, Reino Unido multará a los conductores que realicen en el vehículo su descanso semanal normal (45 horas o superior). Es decir, fuera de una zona habilitada o un parking autorizado. 

Con los cambios normativos los agentes del DVSA podrán revisar la actividad de los últimos 28 días e imponer en un mismo control de tráfico hasta 5 sanciones (máximo de 1.500 libras), y podrán exigir que sean abonadas en el momento para poder permitir continuar con el trayecto.

Solo hasta el 31 de octubre los inspectores de tráfico del DVSA , (la DGT británica) seguirán advirtiendo a los conductores.

La novedad de esta decisión radica en donde se estacione el vehículo cuando se realice el descanso de 45 horas, no si este descanso se hace en el interior o el exterior de la cabina.

Por ejemplo, si un conductor pasa su descanso de 45 horas estacionado en un espacio público, en vías públicas o en sus cercanías o en carreteras secundarias de la autopista, se consideraría infracción. Sin embargo, si el conductor toma el mismo periodo de descanso en una estación de servicio o estacionamiento de camiones, no se considera infracción.

Las sanciones por este concepto son:

· Multa de 300 libras esterlinas.

· Inhabilitar al conductor hasta que el descanso semanal se realice correctamente, es decir, fuera de la cabina o en un área de descanso formal.

Ademas podrán informar, sobre las empresas infractoras, a las autoridades encargadas de la concesión de licencias, incluso en el extranjero.

No habrá sanciones por realizar el descanso diario o semanal reducido en el vehículo.

Sólo los delitos «en acto» serán sancionados; el último descanso semanal normal será considerado como elemento de prueba.

Descargar nota de la RHA

Fuente de la noticia ASTIC | Guretruck

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